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Representante Autorizado
Un representante autorizado es un adulto, mayor de dieciocho años, que tiene autorización por escrito para actuar a nombre de una unidad de asistencia de la cual él o ella no es actualmente un miembro, y quien, de otro modo, no sería elegible para actuar sin tal autorización.
La unidad de asistencia consta de una o más personas que solicitan o reciben asistencia juntas bajo uno de los programas del Departamento.
Una unidad de asistencia puede ser representada en diversos aspectos del proceso de elegibilidad, por una persona responsable a quien se le ha dado autorización para actuar como representante de la unidad de asistencia.
A. Un representante autorizado está capacitado para realizar funciones específicas que pueden variar, y que están limitadas por los requerimientos de cada categoría específica de programas.
B. Un representante autorizado tiene que estar designado por escrito, por una de las Próximos personas:
a. en el programa TFA, por la persona encargada del cuidado de los niños dependientes;
b. en el programa para Personas Ancianas, Ciegas, o Incapacitadas (AABD) y en los programas del Medicaid, por el solicitante mismo, o si el solicitante es un niño, una persona
incompetente o incapacitada, entonces por el padre, el tutor o el fiduciario designado por el tribunal;
c. en el programa SNAP, por el jefe de la unidad de asistencia, el cónyuge u otro miembro responsable de la unidad de asistencia.
C. Una unidad de asistencia puede tener un representante autorizado en un momento dado, excepto en el programa de Cupones para Alimentos, en el cual pueden designarse representantes
separados para realizar las funciones individuales de presentar la solicitud, y de hacer las compras de alimentos con una tarjeta de débito EBT.
D. No hay límite en cuanto al número de unidades de asistencia que un representante autorizado puede representar.
E. En el programa SNAP, la confirmación del status de representante autorizado se obtiene periódicamente con la renovación, o cuando haya algo cuestionable.
F. La designación de un representante autorizado no exime a la unidad de asistencia de cualquier responsabilidad. Tanto la unidad de asistencia como el representante pueden ser considerados
responsable de una asistencia obtenida indebidamente a través de una acción hecha por el representante autorizado.
G. Una unidad de asistencia podrá retirar su autorización en cualquier momento mediante una declaración por escrito.
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